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Los "Estudio esotérico de Cornelio”marca es una Marca Registrada en todos los países de la Unión Europea y San Marino, Suiza, Panamá, Estados Unidos de América: la mencionada Marca Internacional es propiedad exclusiva de la Iglesia de Cornelio y su valor se ha estimado en unos 5 millones de euros.
estudio esotérico cornelio informe de estimación de valor de marca registrada.pdf AQUÍ AQUÍ DMCA DEL SITIO WEB ESTUDIOESOTERICOCORNELIO.COMSe solicitará amparo inmediato al Poder Judicial de cualesquiera sitios o videos que utilicen la marca antes mencionada, obteniendo el bloqueo de sitios web o videos o enlaces que realicen un engañoso o anticompetitivo uso de la marca. El campañas publicitarias de motores de búsqueda como Google Ads y Me Registro, es decir revendedores de nombres de dominio y hostingTambién se consideran los espacios web para sitios en línea.
Sin embargo, si un operador económico vende un servicio o producto, a través de un mercado en línea y sin el consentimiento del titular de la marca, éste puede oponerse a la venta, oferta o publicidad de conformidad con las normas establecidas en arte. 20 del Código de Propiedad Intelectual.
El propietario de una marca puede prohibir al operador de un mercado en línea anunciar los servicios que utilizan dicha marca ofrecidos en el mercado antes mencionado, si dicha publicidad no permite, o sólo permite difícilmente, al internauta normalmente informado y razonablemente atento saber si estos servicios proceden del propietario de la marca o de una sociedad económicamente vinculada a esta última o, por el contrario, de una tercero. El arte. 14, núm. 1, De la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo de 8 de junio de 2000, 2000/31/CE y arte. 17 del Decreto Legislativo de 9 de abril de 2003, n. 70 Aplicar al Responsable de un mercado en línea si no ha desempeñado un papel activo que le permita tener conocimiento o control sobre los datos almacenados.
En otras palabras, el gerente de un mercado en línea no puede considerarse exento de Responsabilidad si tenía conocimiento de hechos o circunstancias sobre cuya base un Operador diligente debería haber constatado el carácter ilícito de las ofertas y, en el caso de que tuviera conocimiento, no ha actuado con prontitud de conformidad con n. 1, carta. b), del citado art. 14.
Ante esto, corresponde a los registros y proveedores de nombres de dominio y hosting revocar cualquier beneficio otorgado a los sujetos que utilicen las palabras clave “CORNELIO"O"ESTUDIO ESOTÉRICO CORNELIO” o su traducción a cualquier idioma. Y de hecho, si esto no ocurriera se estaría produciendo una infracción de los derechos reconocidos al titular de una marca. En este sentido, considera que el arte. 20 del Código de Propiedad Intelectual prevé la posibilidad del titular de la marca de oponerse a la venta, publicidad y oferta del producto por parte de personas no autorizadas., permitiendo a los mismos obtener de quienes violen estas disposiciones una indemnización como compensación por los daños sufridos por la violación del derecho legalmente reconocido. La misma suerte se aplica a quienes inducen a error a una persona, explotando una marca que se sabe que presenta ventajas y, por tanto, a quienes practican una competencia desleal, e incluso en este último caso se prevé una indemnización por daños y perjuicios de conformidad con el arte. 2600 código civil
Pero las violaciones no se limitan al ámbito civil y por tanto no se queden únicamente en el ámbito económico. Y de hecho, si un Registro no frenara este tipo de competencia acabaría perpetrando una competencia ilícita, dado que permitiría a otros utilizar la marca ajena, sin que su titular hubiera dado su consentimiento. En el contexto de competencia ilícita, recuerde que nuestro sistema brinda a la persona ofendida (en este caso el titular de la marca) la posibilidad de proceder mediante una denuncia penal formal.
Bueno el arte. 513 código penal italiano dispone que constituye delito la utilización de medios fraudulentos para impedir o perturbar el ejercicio de una actividad; pero más aún si se detectan actos de violencia o amenazas en el ejercicio de la competencia, esto es punible penalmente de conformidad con el art. 513 bis cp
Y por tanto, la continuación de las actividades podría tener muchas consecuencias.
En particular, en lo que se refiere a los signos distintivos, además del conocido fenómeno del domain grabbing (registro de mala fe de un dominio correspondiente a una marca ajena), se añade el uso ilícito de signos distintivos de terceros como palabras clave a efectos de la la llamada publicidad por palabras clave.
Las palabras clave son, precisamente, palabras clave que utilizan los propietarios de sitios web para que aparezcan enlaces a sus sitios cuando se realiza una búsqueda online. Los motores de búsqueda hace tiempo que empezaron a vender espacios publicitarios relacionados con determinadas palabras clave.
Para dar el ejemplo más conocido, Adwords de Google El servicio de posicionamiento hace que algunos enlaces patrocinados aparezcan al margen de los resultados de búsqueda “naturales”, es decir, los enlaces de aquellos operadores que han insertado una palabra clave específica correspondiente a la palabra buscada. por el usuario, en sus anuncios. El anunciante, a cambio del servicio de posicionamiento, paga a Google una determinada cantidad por cada clic recibido en su enlace patrocinado (el llamado pago por clic).
Bueno, el titular de una actividad comercial que, para llamar la atención de los usuarios sobre sus propios productos o servicios, inserte una palabra clave idéntica o similar a la marca de un competidor en los espacios publicitarios adquiridos por el motor de búsqueda, puede ser acusado de falsificación. de marca.
En Italia, la jurisprudencia ha regulado de diferentes maneras, a lo largo del tiempo, el uso en línea de marcas ajenas con fines comerciales. sobre el tema de la publicidad por palabras clave, El Tribunal de Milán ha establecido que el uso de marcas ajenas como palabras clave con fines publicitarios constituye, además de competencia desleal, también una infracción de marca cuando el uso se produce también con una finalidad distintiva. (por ejemplo, en el interior del anuncio), ya que dicho uso puede generar confusión entre los consumidores y, en el caso de marcas notorias, también generar un beneficio para el usuario y un perjuicio para el propietario de la marca.